Certificado en Instalaciones Frigoríficas (CIF)

El 2 de enero de 2020 entró en vigor el Real Decreto 552/2019, de 27 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad para instalaciones frigoríficas.
 
El artículo 9 de este Reglamento trata de los profesionales habilitados:
1. El Instalador frigorista es la persona física que, en virtud de poseer conocimientos teórico-prácticos de la tecnología de la industria del frío y de su normativa, está capacitado para realizar, poner en marcha, mantener, reparar, modificar y desmantelar instalaciones frigoríficas.
El instalador frigorista debe desarrollar su actividad en el seno de una empresa frigorista habilitada y deberá cumplir y poder acreditar ante la Administración competente, cuando ésta así lo requiera en el ejercicio de sus facultades de inspección, comprobación y control, una de las siguientes situaciones:
a) ….
b) ….
c) ….
d) ….
e) Poseer una certificación otorgada por entidad acreditada para la certificación de personas según lo establecido en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
 
El artículo 12 del Reglamento trata de los requisitos de las empresas frigoristas.
1. Los requisitos específicos exigidos para la ejecución, puesta en servicio, mantenimiento, reparación, modificación y desmantelamiento de los diferentes niveles de instalaciones frigoríficas son los que se relacionan a continuación:
a) Empresa frigorista de Nivel 1:
Deberá contar a lo largo de toda la vida de la empresa, como mínimo, con un instalador frigorista habilitado en plantilla para montar, poner en servicio, mantener, reparar, modificar y desmantelar las instalaciones del Nivel 1.
b) Empresa frigorista de Nivel 2:
Deberá contar, a lo largo de toda la vida de la empresa, en plantilla, como mínimo, con un técnico titulado competente cuyo ámbito competencial y atribuciones legales coincidan con las materias objeto de este Reglamento y un instalador frigorista.

ITANSA Certificaciones está acreditada por ENAC para Certificar profesionales en Instalaciones Frigoríficas (CIF), siendo este uno de los requisitos para desarrollar la actividad.

Procedimientos para la Certificación CIF:

Las tarifas de certificación y renovación están publicadas en el documento Tarifas.

Las convocatorias se publicarán con suficiente antelación en la página de inicio de la web y para presentarse a ellas se debe seguir lo indicado en las Instrucciones para el registro.

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